El Congreso brasileño prohíbe destinar dinero público al aborto o la ocupación de tierras
El Congreso brasileño anuló un veto del presidente Luiz Inácio Lula da Silva a una disposición que prohíbe destinar dinero público a actividades vinculadas con abortos, cirugías de cambio de sexo en menores u ocupación de tierras privadas.
El artículo fue incluido por la oposición en la Ley de Directrices Presupuestarias aprobada en enero, pero fue vetado posteriormente por el presidente izquierdista.
La disposición, que ahora será válida, prohíbe el gasto gubernamental en la promoción o financiación de "cirugías de cambio de sexo para menores", "abortos en casos no autorizados por la ley" y acciones con el objetivo de "extinguir el concepto de familia tradicional".
También impide destinar recursos a "acciones tendientes a influenciar niños y adolescentes, desde la guardería hasta la escuela secundaria, a tener opciones sexuales diferentes del sexo biológico", y a "la invasión u ocupación de propiedades rurales privadas".
El veto fue anulado en la Cámara baja por 339 votos contra 107, y en el Senado por 47 votos contra 23.
El diputado Eduardo Bolsonaro (Partido Liberal), hijo del expresidente ultraderechista Jair Bolsonaro y quien había propuesto la disposición, celebró su restitución.
"Esto significa varias vidas salvadas, menos posibilidades de invasiones y niños menos susceptibles a las inmundicias de la izquierda en guarderías y escuelas", escribió en la plataforma X.
El veto fue anulado con el apoyo de los bolsonaristas y las bancadas evangélica y ruralista, la más poderosa en el Congreso.
El diputado oficialista Merlong Solano (Partido de los Trabajadores) calificó el artículo como "un atentado a la técnica legislativa" que no tiene "pertinencia temática" en una ley sobre el presupuesto.
En Brasil, el presidente tiene la potestad de vetar parcial o totalmente una ley tras su aprobación, bajo argumentos de ser inconstitucional o contraria a los intereses del pueblo.
El veto presidencial debe someterse de nuevo a una votación de las dos cámaras en sesión conjunta, que puede mantenerlo o anularlo con mayoría absoluta.
U.Alonso--ESF